Artículo 89 de Real Decreto Legislativo 5/2015: Excedencia.
Artículo 89 de Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.. Aprobadia tiene 10 preguntas verificadas basadas en este precepto y entra en el tema 13 de Auxiliar Administrativo del Estado (C2).
Léelo con calma y resuelve después las 10 preguntas: las primeras se basan directamente en este artículo y el resto repasan otros preceptos de la misma norma.
Test diagnóstico gratisTexto del artículo 89 de Real Decreto Legislativo 5/2015
1. La excedencia de los funcionarios de carrera podrá adoptar las siguientes modalidades: a) Excedencia voluntaria por interés particular. b) Excedencia voluntaria por agrupación familiar. c) Excedencia por cuidado de familiares. d) Excedencia por razón de violencia de género o de violencia sexual. e) Excedencia por razón de violencia terrorista. 2. Los funcionarios de carrera podrán obtener la excedencia voluntaria por interés particular cuando hayan prestado servicios efectivos en cualquiera de las Administraciones Públicas durante un periodo mínimo de cinco años inmediatamente anteriores. No obstante, las leyes de Función Pública que se dicten en desarrollo del presente Estatuto podrán establecer una duración menor del periodo de prestación de servicios exigido para que el funcionario de carrera pueda solicitar la excedencia y se determinarán los periodos mínimos de permanencia en la misma. La concesión de excedencia voluntaria por interés particular quedará subordinada a las necesidades del servicio debidamente motivadas. No podrá declararse cuando al funcionario público se le instruya expediente disciplinario. Procederá declarar de oficio la excedencia voluntaria por interés particular cuando finalizada la causa que determinó el pase a una situación distinta a la de servicio activo, se incumpla la obligación de solicitar el reingreso al servicio activo en el plazo en que se determine reglamentariamente. Quienes se encuentren en situación de excedencia por interés particular no devengarán retribuciones, ni les será computable el tiempo que permanezcan en tal situación a efectos de ascensos, trienios y derechos en el régimen de Seguridad Social que les sea de aplicación. 3. Podrá concederse la excedencia voluntaria por agrupación familiar sin el requisito de haber prestado servicios efectivos en cualquiera de las Administraciones Públicas durante el periodo establecido a los funcionarios cuyo cónyuge resida en otra localidad por haber obtenido y estar desempeñando un puesto de trabajo de carácter definitivo como funcionario de carrera o como laboral fijo en cualquiera de las Administraciones Públicas, organismos públicos y entidades de derecho público dependientes o vinculados a ellas, en los Órganos Constitucionales o del Poder Judicial y órganos similares de las comunidades autónomas, así como en la Unión Europea o en organizaciones internacionales. Quienes se encuentren en situación de excedencia voluntaria por agrupación familiar no devengarán…
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1. Conforme al artículo 89 del TREBEP, ¿qué efecto tiene el tiempo de permanencia en la excedencia por cuidado de familiares a efectos de trienios, carrera y Seguridad Social?
2. Conforme al artículo 89 del TREBEP (Real Decreto Legislativo 5/2015), ¿en qué circunstancia no podrá declararse la excedencia voluntaria por interés particular de un funcionario de carrera?
3. Según el artículo 89 del Real Decreto Legislativo 5/2015 (TREBEP), ¿qué periodo mínimo de servicios efectivos en cualquiera de las Administraciones Públicas, inmediatamente anteriores, se exige con carácter general a los funcionarios de carrera para obtener la excedencia voluntaria por interés particular?
4. Conforme al artículo 89 del TREBEP, en la excedencia para atender al cuidado de un familiar, ¿durante cuánto tiempo, al menos, se reserva el puesto de trabajo desempeñado, y a qué se reserva una vez transcurrido ese periodo?
5. Según el artículo 89 del TREBEP, ¿cuál es el efecto de la situación de excedencia voluntaria por interés particular sobre las retribuciones y el cómputo del tiempo?
6. De acuerdo con el artículo 89 del TREBEP, ¿durante cuánto tiempo tienen derecho a la reserva del puesto de trabajo las funcionarias víctimas de violencia de género o de violencia sexual en situación de excedencia, y hasta qué máximo puede prorrogarse?
7. Conforme al artículo 89 del Real Decreto Legislativo 5/2015 (TREBEP), ¿cuál es la duración máxima de la excedencia a la que tienen derecho los funcionarios de carrera para atender al cuidado de cada hijo, por naturaleza o por adopción?
8. De acuerdo con el artículo 89 del TREBEP, si dos funcionarios generan el derecho a disfrutar la excedencia por cuidado de familiares por el mismo sujeto causante, ¿qué puede hacer la Administración?
9. Según el artículo 89 del TREBEP, ¿qué derecho retributivo tiene la funcionaria víctima de violencia de género o de violencia sexual durante esta excedencia?
10. De acuerdo con el artículo 89 del TREBEP, ¿en qué supuesto procede declarar de oficio la excedencia voluntaria por interés particular?
Preguntas frecuentes
¿Qué dice el artículo 89 de Real Decreto Legislativo 5/2015?
1. La excedencia de los funcionarios de carrera podrá adoptar las siguientes modalidades: a) Excedencia voluntaria por interés particular. b) Excedencia voluntaria por agrupación familiar. c) Excedencia por cuidado de familiares. d) Excedencia por razón de violencia de género o de violencia sexual. e) Excedencia por…
¿Entra el artículo 89 de Real Decreto Legislativo 5/2015 en el examen de Auxiliar Administrativo del Estado (C2)?
Sí, forma parte de el Tema 13 (El personal funcionario al servicio de las Administraciones públicas: concepto y clases. Régimen jurídico. El Registro Central de Personal. Programación de efectivos y Oferta de Empleo Público. Selección. Provisión de puestos de trabajo. Situaciones administrativas de los funcionarios.).