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Aprobadia

Artículo 64 de Real Decreto Legislativo 5/2015: Renuncia.

Artículo 64 de Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.. Aprobadia tiene 12 preguntas verificadas basadas en este precepto y entra en el tema 13 de Auxiliar Administrativo del Estado (C2).

Léelo con calma y resuelve después las 10 preguntas: las primeras se basan directamente en este artículo y el resto repasan otros preceptos de la misma norma.

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Texto del artículo 64 de Real Decreto Legislativo 5/2015

1. La renuncia voluntaria a la condición de funcionario habrá de ser manifestada por escrito y será aceptada expresamente por la Administración, salvo lo dispuesto en el apartado siguiente. 2. No podrá ser aceptada la renuncia cuando el funcionario esté sujeto a expediente disciplinario o haya sido dictado en su contra auto de procesamiento o de apertura de juicio oral por la comisión de algún delito. 3. La renuncia a la condición de funcionario no inhabilita para ingresar de nuevo en la Administración Pública a través del procedimiento de selección establecido.

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  1. 1. Conforme al artículo 64 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, ¿qué requisito exige la norma respecto a la actuación de la Administración ante la renuncia voluntaria a la condición de funcionario, fuera de los supuestos en que no puede aceptarse?

  2. 2. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones sobre la renuncia a la condición de funcionario es correcta conforme al artículo 64 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público?

  3. 3. De acuerdo con el artículo 64 del Estatuto Básico del Empleado Público, ¿qué resolución judicial dictada contra el funcionario por la comisión de algún delito impide aceptar su renuncia?

  4. 4. A un funcionario se le ha dictado auto de apertura de juicio oral por la comisión de un delito y presenta por escrito su renuncia a la condición de funcionario. Conforme al artículo 64 del Estatuto Básico del Empleado Público, ¿cuál es la consecuencia?

  5. 5. A una funcionaria se le ha dictado auto de procesamiento por la comisión de un delito. Antes de que concluya el proceso, presenta por escrito su renuncia a la condición de funcionaria. Conforme al artículo 64 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, ¿cómo debe actuar la Administración?

  6. 6. Según el artículo 64 del Real Decreto Legislativo 5/2015, en el caso de que se haya dictado contra el funcionario auto de procesamiento o de apertura de juicio oral, ¿qué exige la norma respecto del delito para que no pueda aceptarse la renuncia?

  7. 7. Conforme al Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, ¿cómo debe manifestarse la renuncia voluntaria a la condición de funcionario?

  8. 8. Un funcionario que está sujeto a un expediente disciplinario presenta por escrito su renuncia a la condición de funcionario. De acuerdo con el artículo 64 del Estatuto Básico del Empleado Público, ¿qué consecuencia se deriva?

  9. 9. Según el artículo 64 del Real Decreto Legislativo 5/2015, ¿en cuál de los siguientes casos no podrá ser aceptada la renuncia a la condición de funcionario?

  10. 10. Según el artículo 64 del Real Decreto Legislativo 5/2015, quien ha renunciado a la condición de funcionario y desea volver a ingresar en la Administración Pública, ¿por qué vía debe hacerlo?

Preguntas frecuentes

¿Qué dice el artículo 64 de Real Decreto Legislativo 5/2015?

1. La renuncia voluntaria a la condición de funcionario habrá de ser manifestada por escrito y será aceptada expresamente por la Administración, salvo lo dispuesto en el apartado siguiente. 2. No podrá ser aceptada la renuncia cuando el funcionario esté sujeto a expediente disciplinario o haya sido dictado en su…

¿Entra el artículo 64 de Real Decreto Legislativo 5/2015 en el examen de Auxiliar Administrativo del Estado (C2)?

Sí, forma parte de el Tema 13 (El personal funcionario al servicio de las Administraciones públicas: concepto y clases. Régimen jurídico. El Registro Central de Personal. Programación de efectivos y Oferta de Empleo Público. Selección. Provisión de puestos de trabajo. Situaciones administrativas de los funcionarios.).