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Aprobadia

Artículo 40 de Real Decreto Legislativo 5/2015: Funciones y legitimación de los órganos de representación.

Artículo 40 de Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.. Aprobadia tiene 14 preguntas verificadas basadas en este precepto y entra en el tema 14 de Auxiliar Administrativo del Estado (C2).

Léelo con calma y resuelve después las 10 preguntas: las primeras se basan directamente en este artículo y el resto repasan otros preceptos de la misma norma.

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Texto del artículo 40 de Real Decreto Legislativo 5/2015

1. Las Juntas de Personal y los Delegados de Personal, en su caso, tendrán las siguientes funciones, en sus respectivos ámbitos: a) Recibir información, sobre la política de personal, así como sobre los datos referentes a la evolución de las retribuciones, evolución probable del empleo en el ámbito correspondiente y programas de mejora del rendimiento. b) Emitir informe, a solicitud de la Administración Pública correspondiente, sobre el traslado total o parcial de las instalaciones e implantación o revisión de sus sistemas de organización y métodos de trabajo. c) Ser informados de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves. d) Tener conocimiento y ser oídos en el establecimiento de la jornada laboral y horario de trabajo, así como en el régimen de vacaciones y permisos. e) Vigilar el cumplimiento de las normas vigentes en materia de condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales, Seguridad Social y empleo y ejercer, en su caso, las acciones legales oportunas ante los organismos competentes. f) Colaborar con la Administración correspondiente para conseguir el establecimiento de cuantas medidas procuren el mantenimiento e incremento de la productividad. 2. Las Juntas de Personal, colegiadamente, por decisión mayoritaria de sus miembros y, en su caso, los Delegados de Personal, mancomunadamente, estarán legitimados para iniciar, como interesados, los correspondientes procedimientos administrativos y ejercitar las acciones en vía administrativa o judicial en todo lo relativo al ámbito de sus funciones.

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  1. 1. Según el artículo 40 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (RDL 5/2015), ¿sobre qué sanciones tienen derecho las Juntas de Personal y los Delegados de Personal a ser informados?

  2. 2. Según el artículo 40.2 del EBEP, ¿en qué condición están legitimadas las Juntas de Personal para iniciar los correspondientes procedimientos administrativos en todo lo relativo al ámbito de sus funciones?

  3. 3. Conforme al artículo 40.2 del EBEP, ¿qué alcance tiene la legitimación de las Juntas de Personal para ejercitar acciones en vía administrativa o judicial?

  4. 4. Según el artículo 40 del EBEP, ¿cómo deben ejercer los Delegados de Personal, en su caso, la legitimación para iniciar procedimientos administrativos y ejercitar acciones en vía administrativa o judicial?

  5. 5. De acuerdo con el artículo 40 del EBEP, ¿cómo deben decidir las Juntas de Personal para estar legitimadas para iniciar procedimientos administrativos y ejercitar acciones en vía administrativa o judicial en el ámbito de sus funciones?

  6. 6. De acuerdo con el artículo 40 del EBEP, ¿cuál de las siguientes funciones corresponde a las Juntas de Personal y a los Delegados de Personal en materia de condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales?

  7. 7. Conforme al artículo 40 del Estatuto Básico del Empleado Público (RDL 5/2015), ¿qué finalidad persigue la colaboración con la Administración correspondiente que se atribuye a las Juntas de Personal y a los Delegados de Personal?

  8. 8. Conforme al artículo 40 del EBEP, las Juntas de Personal y los Delegados de Personal emitirán informe sobre el traslado total o parcial de las instalaciones y la implantación o revisión de los sistemas de organización y métodos de trabajo cuando:

  9. 9. Según el artículo 40 del Estatuto Básico del Empleado Público, entre la información que las Juntas de Personal y los Delegados de Personal tienen derecho a recibir figuran los programas de mejora de:

  10. 10. Conforme al artículo 40 del Estatuto Básico del Empleado Público, además de vigilar el cumplimiento de las normas vigentes en materia de condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales, Seguridad Social y empleo, las Juntas de Personal y los Delegados de Personal pueden:

Preguntas frecuentes

¿Qué dice el artículo 40 de Real Decreto Legislativo 5/2015?

1. Las Juntas de Personal y los Delegados de Personal, en su caso, tendrán las siguientes funciones, en sus respectivos ámbitos: a) Recibir información, sobre la política de personal, así como sobre los datos referentes a la evolución de las retribuciones, evolución probable del empleo en el ámbito correspondiente y…

¿Entra el artículo 40 de Real Decreto Legislativo 5/2015 en el examen de Auxiliar Administrativo del Estado (C2)?

Sí, forma parte de el Tema 14 (Derechos y deberes de los funcionarios. La carrera administrativa. Promoción interna. El sistema de retribuciones e indemnizaciones. Régimen disciplinario. El régimen de la Seguridad Social de los funcionarios.).