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Aprobadia

Artículo 14 de Ley 39/2015: Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.

Artículo 14 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.. Aprobadia tiene 8 preguntas verificadas basadas en este precepto y entra en los temas 11, 4 de Auxiliar Administrativo del Estado (C2).

Léelo con calma y resuelve después las 10 preguntas: las primeras se basan directamente en este artículo y el resto repasan otros preceptos de la misma norma.

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Texto del artículo 14 de Ley 39/2015

1. Las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas. El medio elegido por la persona para comunicarse con las Administraciones Públicas podrá ser modificado por aquella en cualquier momento. 2. En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos: a) Las personas jurídicas. b) Las entidades sin personalidad jurídica. c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración. e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración. 3. Reglamentariamente, las Administraciones podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

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  1. 1. De acuerdo con el artículo 14 de la Ley 39/2015, ¿qué facultad tienen las personas físicas respecto al medio de comunicación con las Administraciones Públicas, siempre que no estén obligadas a relacionarse electrónicamente?

  2. 2. Según el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, ¿cuál de los siguientes sujetos está obligado, en todo caso, a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo?

  3. 3. Conforme al artículo 14.2.c) de la Ley 39/2015, ¿qué colectivo de profesionales está obligado a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas en los trámites realizados en ejercicio de su actividad profesional, incluyéndose en todo caso a notarios y registradores?

  4. 4. Conforme al artículo 14 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ¿qué puede hacer una persona física respecto al medio elegido para comunicarse con las Administraciones Públicas, si no está obligada a relacionarse electrónicamente?

  5. 5. Según el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, ¿cuál de los siguientes sujetos está obligado en todo caso a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para cualquier trámite de un procedimiento administrativo?

  6. 6. Según el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, ¿cómo pueden las Administraciones establecer la obligación de relacionarse electrónicamente para ciertos colectivos de personas físicas?

  7. 7. De acuerdo con el artículo 14.2.c) de la Ley 39/2015, respecto de quienes ejercen una actividad profesional para la que se requiere colegiación obligatoria, ¿qué se establece?

  8. 8. Según el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, ¿cómo pueden las Administraciones establecer la obligación de relacionarse electrónicamente para determinados procedimientos y ciertos colectivos de personas físicas?

  9. 9. De acuerdo con el artículo 12 de la Ley 39/2015, ¿qué características deben reunir los registros o sistemas equivalentes de funcionarios habilitados para la identificación o firma?

  10. 10. Respecto a la relación entre los derechos del artículo 13 de la Ley 39/2015 y los reconocidos a los interesados en el procedimiento administrativo, el propio artículo 13 establece que aquellos se entienden:

Preguntas frecuentes

¿Qué dice el artículo 14 de Ley 39/2015?

1. Las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas. El medio elegido…

¿Entra el artículo 14 de Ley 39/2015 en el examen de Auxiliar Administrativo del Estado (C2)?

Sí, forma parte de el Tema 11 (Las Leyes del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del Régimen Jurídico del Sector Público. El procedimiento administrativo común y sus fases. La revisión de los actos en vía administrativa: revisión de oficio y recursos administrativos. El recurso contencioso-administrativo. Actividad administrativa impugnable. Las partes: capacidad, legitimación, representación y defensa.) y el Tema 4 (Administración electrónica y servicios al ciudadano. La información administrativa. Análisis de principales páginas web de carácter público. Servicios telemáticos. Oficinas integradas de atención al ciudadano. Ventanilla única empresarial. El Punto de Acceso General de la Administración General del Estado.).