Artículo 24 de Ley 19/2013: Reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.
Artículo 24 de Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.. Aprobadia tiene 7 preguntas verificadas basadas en este precepto y entra en el tema 7 de Auxiliar Administrativo del Estado (C2).
Léelo con calma y resuelve después las 10 preguntas: las primeras se basan directamente en este artículo y el resto repasan otros preceptos de la misma norma.
Test diagnóstico gratisTexto del artículo 24 de Ley 19/2013
1. Frente a toda resolución expresa o presunta en materia de acceso podrá interponerse una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, con carácter potestativo y previo a su impugnación en vía contencioso-administrativa. 2. La reclamación se interpondrá en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o desde el día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo. 3. La tramitación de la reclamación se ajustará a lo dispuesto en materia de recursos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Cuando la denegación del acceso a la información se fundamente en la protección de derechos o intereses de terceros se otorgará, previamente a la resolución de la reclamación, trámite de audiencia a las personas que pudieran resultar afectadas para que aleguen lo que a su derecho convenga. 4. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de tres meses, transcurrido el cual, la reclamación se entenderá desestimada. 5. Las resoluciones del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno se publicarán, previa disociación de los datos de carácter personal que contuvieran, por medios electrónicos y en los términos en que se establezca reglamentariamente, una vez se hayan notificado a los interesados. El Presidente del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno comunicará al Defensor del Pueblo las resoluciones que dicte en aplicación de este artículo. 6. La competencia para conocer de dichas reclamaciones corresponderá al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, salvo en aquellos supuestos en que las Comunidades Autónomas atribuyan dicha competencia a un órgano específico, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional cuarta de esta Ley.
Resuelve 10 preguntas gratis
Llevas 0 de 10
1. Según el artículo 24 de la Ley 19/2013, las resoluciones del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno se publicarán por medios electrónicos y previa disociación de los datos de carácter personal. ¿Cuándo se publicarán?
2. Según el artículo 24 de la Ley 19/2013, ¿en qué plazo debe interponerse la reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno en caso de silencio administrativo?
3. De acuerdo con el artículo 24 de la Ley 19/2013, cuando la denegación del acceso a la información se fundamente en la protección de derechos o intereses de terceros, ¿qué debe otorgarse previamente a la resolución de la reclamación?
4. De acuerdo con el artículo 24 de la Ley 19/2013, ¿qué norma rige la tramitación de la reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno en materia de recursos?
5. Según el artículo 24 de la Ley 19/2013, ¿cuál es el plazo máximo para resolver y notificar la reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno y cuál es el efecto de su transcurso sin resolución?
6. Conforme al artículo 24 de la Ley 19/2013, ¿quién tiene la competencia para conocer de las reclamaciones en materia de acceso, salvo que las Comunidades Autónomas atribuyan dicha competencia a un órgano específico?
7. Conforme al artículo 24 de la Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, ¿qué carácter tiene la reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno frente a una resolución en materia de acceso?
8. Conforme a la disposición adicional sexta de la Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, ¿qué órgano es competente para tramitar el procedimiento de acceso a la información que obre en poder de la Casa de Su Majestad el Rey?
9. Según el artículo 31 de la Ley 19/2013, las resoluciones dictadas en aplicación del procedimiento sancionador regulado en el título correspondiente serán recurribles ante:
10. ¿Cuál es la rúbrica de la disposición adicional sexta de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno?
Preguntas frecuentes
¿Qué dice el artículo 24 de Ley 19/2013?
1. Frente a toda resolución expresa o presunta en materia de acceso podrá interponerse una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, con carácter potestativo y previo a su impugnación en vía contencioso-administrativa. 2. La reclamación se interpondrá en el plazo de un mes a contar desde el día…
¿Entra el artículo 24 de Ley 19/2013 en el examen de Auxiliar Administrativo del Estado (C2)?
Sí, forma parte de el Tema 7 (La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.).