Artículo 23 de Ley 19/2013: Recursos.
Artículo 23 de Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.. Aprobadia tiene 8 preguntas verificadas basadas en este precepto y entra en el tema 7 de Auxiliar Administrativo del Estado (C2).
Léelo con calma y resuelve después las 10 preguntas: las primeras se basan directamente en este artículo y el resto repasan otros preceptos de la misma norma.
Test diagnóstico gratisTexto del artículo 23 de Ley 19/2013
1. La reclamación prevista en el artículo siguiente tendrá la consideración de sustitutiva de los recursos administrativos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, contra las resoluciones dictadas por los órganos previstos en el artículo 2.1.f) sólo cabrá la interposición de recurso contencioso-administrativo.
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1. En la estructura del artículo 23 de la Ley 19/2013, ¿qué relación guarda el apartado 2 con lo dispuesto en el apartado 1?
2. Según el artículo 23.1 de la Ley 19/2013, la reclamación prevista en el artículo siguiente sustituye a una categoría concreta de recursos. ¿Cuál es?
3. Conforme al artículo 23 de la Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, ¿qué consideración tiene la reclamación prevista en el artículo siguiente?
4. En relación con el artículo 23 de la Ley 19/2013, ¿qué ocurre con el carácter sustitutivo de la reclamación respecto de las resoluciones de los órganos previstos en el artículo 2.1.f)?
5. Según el artículo 23.2 de la Ley 19/2013, contra las resoluciones dictadas por los órganos previstos en el artículo 2.1.f) de dicha ley, ¿qué recurso cabe?
6. El artículo 23.1 de la Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, remite al artículo 107.2 de una ley anterior. ¿Cuál es la denominación completa de esa ley?
7. El artículo 23.1 de la Ley 19/2013 fundamenta el carácter sustitutivo de la reclamación en lo dispuesto en una norma concreta. ¿Cuál es esa norma y precepto?
8. Una persona recibe una resolución dictada por uno de los órganos previstos en el artículo 2.1.f) de la Ley 19/2013. De acuerdo con el artículo 23 de dicha ley, ¿qué vía de impugnación tiene a su alcance?
9. Conforme a la disposición adicional segunda de la Ley 19/2013, ¿con qué órganos pueden coordinar su actividad las Secretarías Generales Técnicas en el proceso de revisión y simplificación normativa?
10. Conforme al artículo 12 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, ¿qué norma desarrolla los términos del artículo 105.b) de la Constitución Española en relación con el derecho de acceso a la información pública?
Preguntas frecuentes
¿Qué dice el artículo 23 de Ley 19/2013?
1. La reclamación prevista en el artículo siguiente tendrá la consideración de sustitutiva de los recursos administrativos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 2. No…
¿Entra el artículo 23 de Ley 19/2013 en el examen de Auxiliar Administrativo del Estado (C2)?
Sí, forma parte de el Tema 7 (La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.).