Artículo 260 de Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
Artículo 260 de Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (DOUE C 202, de 7.6.2016). Aprobadia tiene 8 preguntas verificadas basadas en este precepto y entra en el tema 10 de Auxiliar Administrativo del Estado (C2).
Léelo con calma y resuelve después las 10 preguntas: las primeras se basan directamente en este artículo y el resto repasan otros preceptos de la misma norma.
Test diagnóstico gratisTexto del artículo 260 de Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
1. Si el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declarare que un Estado miembro ha incumplido una de las obligaciones que le incumben en virtud de los Tratados, dicho Estado estará obligado a adoptar las medidas necesarias para la ejecución de la sentencia del Tribunal. 2. Si la Comisión estimare que el Estado miembro afectado no ha adoptado las medidas necesarias para la ejecución de la sentencia del Tribunal, podrá someter el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, después de haber ofrecido a dicho Estado la posibilidad de presentar sus observaciones. La Comisión indicará el importe de la suma a tanto alzado o de la multa coercitiva que deba ser pagada por el Estado miembro afectado y que considere adaptado a las circunstancias. Si el Tribunal declarare que el Estado miembro afectado ha incumplido su sentencia, podrá imponerle el pago de una suma a tanto alzado o de una multa coercitiva. Este procedimiento se entenderá sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 259. 3. Cuando la Comisión presente un recurso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en virtud del artículo 258 por considerar que el Estado miembro afectado ha incumplido la obligación de informar sobre las medidas de transposición de una directiva adoptada con arreglo a un procedimiento legislativo, podrá, si lo considera oportuno, indicar el importe de la suma a tanto alzado o de la multa coercitiva que deba ser pagada por dicho Estado y que considere adaptado a las circunstancias. Si el Tribunal comprueba la existencia del incumplimiento, podrá imponer al Estado miembro afectado el pago de una suma a tanto alzado o de una multa coercitiva dentro del límite del importe indicado por la Comisión. La obligación de pago surtirá efecto en la fecha fijada por el Tribunal en la sentencia.
Resuelve 10 preguntas gratis
Llevas 0 de 10
1. Según el artículo 260.2 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, si el Tribunal declara que el Estado miembro afectado ha incumplido su sentencia, ¿qué puede hacer el Tribunal?
2. En el supuesto del artículo 260.3 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (sanción por falta de información sobre la transposición de una directiva), ¿desde cuándo surte efecto la obligación de pago?
3. Conforme al artículo 260.2 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, cuando la Comisión somete al Tribunal de Justicia el asunto de un Estado miembro que no ha ejecutado una sentencia, ¿qué debe indicar respecto a la sanción económica?
4. Conforme al artículo 260.2 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, cuando la Comisión estime que el Estado miembro no ha adoptado las medidas necesarias para ejecutar una sentencia del Tribunal, ¿qué debe hacer antes de someter el asunto al Tribunal de Justicia?
5. Según el artículo 260 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, si el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declara que un Estado miembro ha incumplido una de las obligaciones que le incumben en virtud de los Tratados, ¿qué está obligado a hacer dicho Estado?
6. El procedimiento del artículo 260.2 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, relativo al incumplimiento de una sentencia del Tribunal por un Estado miembro, ¿con qué otro artículo se declara expresamente compatible?
7. De acuerdo con el artículo 260.3 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, ¿en qué caso puede la Comisión indicar, al presentar un recurso en virtud del artículo 258, el importe de la suma a tanto alzado o de la multa coercitiva?
8. De acuerdo con el artículo 260.3 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, cuando la Comisión presenta un recurso en virtud del artículo 258 por incumplimiento de la obligación de informar sobre las medidas de transposición de una directiva adoptada con arreglo a un procedimiento legislativo y el Tribunal comprueba el incumplimiento, ¿qué límite tiene la sanción que puede imponer?
9. El artículo 248 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea establece que el reparto de responsabilidades en la Comisión se hace sin perjuicio de una disposición del Tratado de la Unión Europea. ¿Cuál es?
10. ¿Qué artículo del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea atribuye al Tribunal de Justicia la competencia para pronunciarse sobre controversias entre Estados miembros relacionadas con el objeto de los Tratados cuando le son sometidas en virtud de un compromiso?
Preguntas frecuentes
¿Qué dice el artículo 260 de Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea?
1. Si el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declarare que un Estado miembro ha incumplido una de las obligaciones que le incumben en virtud de los Tratados, dicho Estado estará obligado a adoptar las medidas necesarias para la ejecución de la sentencia del Tribunal. 2. Si la Comisión estimare que el Estado…
¿Entra el artículo 260 de Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea en el examen de Auxiliar Administrativo del Estado (C2)?
Sí, forma parte de el Tema 10 (La organización de la Unión Europea. El Consejo Europeo, el Consejo, el Parlamento Europeo, la Comisión Europea y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.).