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Aprobadia

Artículo 68 de Ley 40/2015: Reglas generales sobre los servicios comunes de los Ministerios.

Artículo 68 de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.. Aprobadia tiene 11 preguntas verificadas basadas en este precepto y entra en el tema 8 de Auxiliar Administrativo del Estado (C2).

Léelo con calma y resuelve después las 10 preguntas: las primeras se basan directamente en este artículo y el resto repasan otros preceptos de la misma norma.

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Texto del artículo 68 de Ley 40/2015

1. Los órganos directivos encargados de los servicios comunes, prestan a los órganos superiores y directivos del resto del Ministerio la asistencia precisa para el más eficaz cumplimiento de sus cometidos y, en particular, la eficiente utilización de los medios y recursos materiales, económicos y personales que tengan asignados. Corresponde a los servicios comunes el asesoramiento, el apoyo técnico y, en su caso, la gestión directa en relación con las funciones de planificación, programación y presupuestación, cooperación internacional, acción en el exterior, organización y recursos humanos, sistemas de información y comunicación, producción normativa, asistencia jurídica, gestión financiera, gestión de medios materiales y servicios auxiliares, seguimiento, control e inspección de servicios, estadística para fines estatales y publicaciones. 2. Los servicios comunes funcionan en cada Departamento de acuerdo con las disposiciones y directrices adoptadas por los Ministerios con competencia sobre dichas funciones comunes en la Administración General del Estado. Todo ello, sin perjuicio de que determinados órganos con competencia sobre algunos servicios comunes sigan dependiendo funcional o jerárquicamente de alguno de los referidos Ministerios. 3. Mediante Real Decreto podrá preverse la gestión compartida de algunos de los servicios comunes que podrá realizarse de las formas siguientes: a) Mediante su coordinación directa por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas o por un organismo autónomo vinculado o dependiente del mismo, que prestarán algunos de estos servicios comunes a otros Ministerios. b) Mediante su coordinación directa por la Subsecretaría de cada Ministerio o por un organismo autónomo vinculado o dependiente de la misma que prestará algunos de estos servicios comunes a todo el Ministerio. El Real Decreto que determine la gestión compartida de algunos de los servicios comunes concretará el régimen de dependencia orgánica y funcional del personal que viniera prestando el servicio respectivo en cada unidad.

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Resuelve 10 preguntas gratis

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  1. 1. Entre las funciones en las que corresponde a los servicios comunes de los Ministerios el asesoramiento y el apoyo técnico, el artículo 68.1 de la Ley 40/2015 menciona la estadística. ¿Para qué fines se refiere a ella?

  2. 2. De acuerdo con el artículo 68.3 de la Ley 40/2015, ¿qué debe concretar el Real Decreto que determine la gestión compartida de algunos de los servicios comunes?

  3. 3. Según el artículo 68.3 de la Ley 40/2015, ¿mediante qué tipo de norma podrá preverse la gestión compartida de algunos de los servicios comunes de los Ministerios?

  4. 4. Según el artículo 68.3.b) de la Ley 40/2015, cuando la gestión compartida de servicios comunes se coordine directamente por la Subsecretaría de cada Ministerio o por un organismo autónomo dependiente de ella, ¿a quién prestará algunos de estos servicios?

  5. 5. Conforme al artículo 68.2 de la Ley 40/2015, ¿qué ocurre con determinados órganos con competencia sobre algunos servicios comunes respecto de los Ministerios que tienen competencia sobre las funciones comunes en la AGE?

  6. 6. Conforme al artículo 68.1 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, ¿qué actuación corresponde a los servicios comunes «en su caso» en relación con las funciones comunes de los Ministerios, además del asesoramiento y el apoyo técnico?

  7. 7. Conforme al artículo 68.2 de la Ley 40/2015, ¿de acuerdo con qué disposiciones y directrices funcionan los servicios comunes en cada Departamento?

  8. 8. Conforme al artículo 68.3.a) de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, ¿quién puede asumir la coordinación directa de la gestión compartida de algunos servicios comunes que se presten a otros Ministerios?

  9. 9. Según el artículo 68.1 de la Ley 40/2015, los órganos directivos encargados de los servicios comunes deben procurar, en particular, la eficiente utilización de determinados medios y recursos asignados a los órganos superiores y directivos. ¿De qué medios y recursos se trata?

  10. 10. De acuerdo con el artículo 68 de la Ley 40/2015, ¿cuál de las siguientes funciones se encuentra entre aquellas en las que corresponde a los servicios comunes el asesoramiento, el apoyo técnico y, en su caso, la gestión directa?

Preguntas frecuentes

¿Qué dice el artículo 68 de Ley 40/2015?

1. Los órganos directivos encargados de los servicios comunes, prestan a los órganos superiores y directivos del resto del Ministerio la asistencia precisa para el más eficaz cumplimiento de sus cometidos y, en particular, la eficiente utilización de los medios y recursos materiales, económicos y personales que…

¿Entra el artículo 68 de Ley 40/2015 en el examen de Auxiliar Administrativo del Estado (C2)?

Sí, forma parte de el Tema 8 (La Administración General del Estado. Órganos centrales. Órganos superiores y órganos directivos. Órganos territoriales. Otros órganos administrativos. La Administración del Estado en el exterior.).