Artículo 164 de Constitución Española.
Artículo 164 de Constitución Española.. Aprobadia tiene 21 preguntas verificadas basadas en este precepto y entra en el tema 2 de Auxiliar Administrativo del Estado (C2).
Léelo con calma y resuelve después las 10 preguntas: las primeras se basan directamente en este artículo y el resto repasan otros preceptos de la misma norma.
Test diagnóstico gratisTexto del artículo 164 de Constitución Española.
1. Las sentencias del Tribunal Constitucional se publicarán en el boletín oficial del Estado con los votos particulares, si los hubiere. Tienen el valor de cosa juzgada a partir del día siguiente de su publicación y no cabe recurso alguno contra ellas. Las que declaren la inconstitucionalidad de una ley o de una norma con fuerza de ley y todas las que no se limiten a la estimación subjetiva de un derecho, tienen plenos efectos frente a todos. 2. Salvo que en el fallo se disponga otra cosa, subsistirá la vigencia de la ley en la parte no afectada por la inconstitucionalidad.
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1. Una persona obtiene del Tribunal Constitucional una sentencia que se limita a estimar subjetivamente su derecho. Conforme al artículo 164 de la Constitución Española, ¿qué puede hacer la parte contraria una vez publicada la sentencia?
2. Conforme al artículo 164.1 de la Constitución Española, ¿qué posibilidad de impugnación cabe contra las sentencias del Tribunal Constitucional?
3. Conforme al artículo 164.1 de la Constitución Española, las sentencias del Tribunal Constitucional que se limiten a la estimación subjetiva de un derecho quedan fuera de la regla de los plenos efectos frente a todos. ¿Cuál es el criterio literal que emplea el precepto para atribuir esos efectos, junto a las que declaren la inconstitucionalidad de una ley?
4. Conforme al artículo 164.1 de la Constitución Española, además de las leyes, ¿la declaración de inconstitucionalidad de qué otro tipo de norma por una sentencia del Tribunal Constitucional tiene plenos efectos frente a todos?
5. Conforme al artículo 164.2 de la Constitución Española, ¿en qué supuesto no subsistirá la vigencia de la ley en la parte no afectada por la inconstitucionalidad?
6. El Tribunal Constitucional declara inconstitucional un artículo de una ley y en el fallo dispone expresamente que el resto de la ley también queda sin vigencia. Conforme al artículo 164.2 de la Constitución Española, ¿qué prevalece?
7. Una sentencia del Tribunal Constitucional se ha adoptado sin que ningún magistrado formule voto particular. Conforme al artículo 164.1 de la Constitución Española, ¿cómo opera la publicación de las sentencias?
8. Según el artículo 164.1 de la Constitución Española, una sentencia del Tribunal Constitucional declara inconstitucional una norma con rango de ley. ¿Qué consecuencia combinada se deriva de ese precepto?
9. El Gobierno discrepa de una sentencia del Tribunal Constitucional ya publicada que declara inconstitucional una ley y pretende impugnarla. Según el artículo 164.1 de la Constitución Española, ¿qué posibilidad existe?
10. Según el artículo 164.2 de la Constitución Española, cuando una ley es declarada parcialmente inconstitucional, ¿qué ocurre con la parte no afectada por la inconstitucionalidad?
Preguntas frecuentes
¿Qué dice el artículo 164 de Constitución Española.?
1. Las sentencias del Tribunal Constitucional se publicarán en el boletín oficial del Estado con los votos particulares, si los hubiere. Tienen el valor de cosa juzgada a partir del día siguiente de su publicación y no cabe recurso alguno contra ellas. Las que declaren la inconstitucionalidad de una ley o de una…
¿Entra el artículo 164 de Constitución Española. en el examen de Auxiliar Administrativo del Estado (C2)?
Sí, forma parte de el Tema 2 (El Tribunal Constitucional. La reforma de la Constitución. La Corona: funciones constitucionales del Rey. Sucesión y regencia.).